Antes
las elecciones a la presidencia del Colegio de Administradores de
Fincas de Madrid, ELMUNDO.es analiza el papel de estos profesionales
y la importancia de su labor
La
reclamación del céntimo sanitario, la necesidad de declarar
operaciones que superen los 3.000 euros o la reclamación de
impagados, algunos de los retos de las comunidades
Tras la propia familia, la
comunidad de vecinos es el estamento social más próximo para la
mayoría de ciudadanos. El más cercano y uno de los que más
conflictos puede llegar a generar. Se trata de una entidad jurídica
regida por la Ley de Propiedad Horizontal y por sus propios
estatutos, normas que le otorgan una serie de derechos y deberes. La
gestión de una comunidad de propietarios nunca ha sido sencilla, y
en una sociedad cada vez más tecnificada y regulada, esta tarea ha
incrementado su complejidad en los últimos años.
Normativas, inspecciones,
obligaciones tributarias, reclamaciones ante los ayuntamientos, los
comuneros y otras comunidades vecinas. Es aquí donde aparece la
figura del administrador de fincas, un profesional altamente
cualificado capaz de gestionar todo cuanto concierne a las
comunidades de propietarios.
Una labor importante en nuestra sociedad, aunque a menudo no lo
suficientemente valorada.
El reto para estos
profesionales, agrupados en sus respectivos colegios profesionales
regionales, es afrontar todos estos desafíos con un servicio de
calidad y competitivo en precio. Este también es el objetivo del
colectivo de Colegio
de Administradores de Fincas de Madrid (Caf), asociación que el
próximo jueves 5 de febrero elige a su Junta de Gobierno en unas
elecciones que convocan a unos 3.700 colegiados de toda la
comunidad autónoma.
Una de las candidatas a la
presidencia de este colectivo es Manuela Julia Martínez Torres,
administradora de fincas colegiada con más de 20 años de
experiencia.
ELMUNDO.es ha hablado con esta administradora acerca de los restos a
los que se enfrentan las comunidades de propietarios y la importancia
de que estén gestionadas por un administrador colegiado.
Manuela Martínez
"En 2015 debemos reclamar
el céntimo sanitario para las comunidades que consumen gasoil,
presentar a Hacienda el modelo 347 para las operaciones de más de
3.000 euros, presentar monitorios de reclamación de impagados, estar
al día de las inspecciones de ascensores, instalaciones de baja
tensión, salas de calderas...", explica Martínez Torres.
"Debemos
dar valor a un trabajo fundamental para nuestros clientes y que
actualmente está infravalorado",
recalca.
Desde 2009, con
la entrada en vigor de la llamada Ley Ómnibus, se estableció el
libre acceso a las actividades de servicios, con lo que se abrió la
libre competencia en este y otros sectores profesionales.
Desde entonces, ya no es obligatorio que el administrador de fincas
sea un profesional colegiado, pero, según explica Martínez Torres,
hay diferencias. "El amparo del Colegio Profesional responde de
los servicios que presta un administrador colegiado con los criterios
de independencia, eficacia y responsabilidad. En el apartado
económico, el Colegio garantiza la actuación con dos seguros, una
fianza colegial de hasta 25.000 euros y un seguro de responsabilidad
civil de 650.000 euros", asegura.
Martínez Torres defiende la
elección de un administrador de fincas colegiado frente a otras
opciones que compiten en precio, pero no en calidad de servicio. "Los
administradores de fincas colegiados estamos en permanente contacto
con la Administración Pública y al día de las obligaciones que la
comunidades tienen con el Estado. Por ejemplo, este
año 2015 es el primero en el que las comunidades de propietarios que
no desarrollan actividades empresariales tienen obligación de
presentar el modelo 347 en el que consten las operaciones de las
comunidades con terceros superiores a 3.005,06 euros",
defiende. "De esta manera", continúa, "ayudamos a
luchar contra el fraude fiscal".
También la seguridad de los
edificios y sus instalaciones está en manos de los administradores.
"En
Madrid capital es obligatoria la Inspección Técnica del Edificio
cada 10 años, en toda la Comunidad de Madrid, además, es
obligatoria la inspección de ascensores cada cuatro años,
las instalaciones de baja tensión que den servicio a 25 o más
suministros cada 10 años, los garajes subterráneos cada cinco años.
Incluso las calderas o instalaciones térmicas comunitarias deben
pasar inspección dependiendo del combustible que utilicen y su
antigüedad", explica esta administradora.
Pese a que las diferentes
administraciones públicas cuentan con los administradores colegiados
para hacer llegar sus propuestas a las comunidades, para Martínez
Torres, los
administradores colegiados deberían tener más participación en
estas decisiones "y no ser sólo la herramienta final para
cumplir sus objetivos".
FUENTE: Periódico EL MUNDO 02-02-2015